19 de Abril del 2024

Esto es la “Carga Pública”

De acuerdo a información oficial de USCIS:

Recuerde: los migrantes indocumentados no son afectados porque no pueden solicitar beneficios públicos. Si los solicitan para sus hijos que son nacidos aquí, lo hacen a su nombre, por lo que ellos como padres están a salvo.

 

POR EDUARDO ALEGRIA

Este lunes 27 de enero la Corte Suprema ha fallado a favor del gobierno de Estados Unidos para que aplique de ahora en adelante el concepto de “carga pública” para aquellas personas que busquen ajustar su estatus legal en el país. Con ello, toda persona que tenga una visa de no inmigrante y busque cambiar su estatus legal al de inmigrante o residente permanente se verá sujeto a un mayor análisis por parte de las autoridades federales.

Sin embargo, entre los factores a considerar por parte de los oficiales de inmigración a la hora de determinar si una persona puede hacerse o no residente permanente, hay algunos beneficios públicos o gubernamentales que no serán tenidos en cuenta.

Por ello NUEVA SEMANA publica la versión oficial de la Oficina de Inmigración (USCIS), sobre este concepto. Lea con detenimiento lo que constituye una “carga pública” al obtener un beneficio. No todos los beneficios públicos tienen la misma categoría. No deje a sus hijos y su familia sin servicios elementales por un temor infundado.

 

Qué es “carga pública” y cuándo aplica

Para propósitos de determinar inadmisibilidad, “carga pública” significa una persona que tiene gran probabilidad de convertirse en dependiente del gobierno para su subsistencia, según lo demuestre el hecho de que ha recibido (o recibe) dinero público para su sustento, o por su institucionalización bajo cuidado a largo plazo a costa del gobierno.

Se deben considerar varios factores al hacer una determinación de que una persona puede convertirse en carga pública.

Bajo la Sección 212(a)(4) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) una persona que busca admisión en los Estados Unidos o que busca ajustar su estatus al de residente permanente será inadmisible si “al solicitar la admisión o el ajuste de estatus tiene una alta probabilidad de convertirse en una carga pública en cualquier momento”. El concepto de carga pública no se aplica en los procesos de naturalización. Si una persona es inadmisible, no se le concederá admisión a los Estados Unidos ni ajuste de estatus.

 

Quien puede ser “carga pública”

Así se determina si alguien tiene una alta probabilidad de ser una carga pública para propósitos de su admisión o el ajuste de estatus:

La inadmisibilidad basada en el criterio de carga pública se determina según la totalidad de circunstancias. Esto significa que el adjudicador debe considerar tanto los factores positivos como los negativos al determinar la probabilidad de que alguien se convierta en una carga pública. Como mínimo, un funcionario de USCIS debe considerar los siguientes factores para hacer una determinación de carga pública:

Edad, Salud, Estatus familiar, Activos, Recursos, Estatus financiero, Educación y capacitación.

El funcionario también puede considerar cualquier declaración jurada de patrocinio económico tramitada de parte de la persona bajo la Sección 213A del INA. La presencia o ausencia de un solo factor no puede ser el único criterio para determinar la inadmisibilidad por carga pública (a menos que ese factor sea la ausencia o insuficiencia de una declaración jurada de patrocinio económico cuando así lo requieren las leyes y reglamentos que rigen un beneficio específico de inmigración, tales como ciertas solicitudes para un ajuste de estatus relacionado con la familia).

Al evaluar la totalidad de las circunstancias, incluyendo los factores estipulados por los estatutos anteriormente mencionados, un funcionario puede considerar el hecho de que la persona reciba ciertos beneficios financiados por fondos públicos. No todos los beneficios financiados con fondos públicos son relevantes para decidir si alguien tiene probabilidad de ser una carga pública. Al determinar si alguien puede convertirse en una carga pública, USCIS considerará si la persona tiene una gran probabilidad de depender del gobierno para su subsistencia, como podría comprobarse por medio de la ayuda pública en efectivo que reciba para incrementar su ingreso o la institucionalización para cuidado a largo plazo a costa del gobierno. En la actualidad, la institucionalización a corto plazo para rehabilitación no está sujeta a consideración como un criterio de carga pública. Los beneficios que no se entregan en efectivo, y que USCIS no considera, se discuten en mayor detalle a continuación.

 

Criterio de los beneficios

Beneficios financiados por fuentes públicas podrían ser considerados para propósitos de una determinación de carga pública:

La ayuda pública en efectivo para mantener los ingresos y la institucionalización para cuidado a largo plazo a costa del gobierno pueden ser considerados para propósitos de una determinación de carga pública. Sin embargo, el hecho de recibir tales beneficios todavía debe ser evaluado dentro del contexto de la totalidad de las circunstancias antes de que se determine que una persona es inadmisible por causal de carga pública.

Los beneficios públicos recibidos por un miembro de una familia tampoco se atribuyen a los otros miembros familiares para propósitos de una determinación de carga pública, a menos de que los beneficios en efectivo constituyan la única fuente de ingreso económico para la familia.

 

Beneficios que son “carga pública”

Aceptar los siguientes tipos de asistencia puede conllevar a la determinación que la persona tiene alta probabilidad de convertirse en una carga pública:

• Ingreso de Seguridad Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés) bajo Título XVI de la Ley de Seguro Social.

• Ayuda Temporal para Familias Necesitadas (TANF por sus siglas en inglés), ayuda en efectivo (Parte A del Título IV de la Ley de Seguro Social—sucesor al programa AFDC) (Nota: los beneficios de TANF que no se entregan en efectivo, tal como cuidado infantil subsidiado y desembolsos en efectivo no-recurrentes para situaciones de crisis no pueden considerarse evidencia para una determinación sobre cargo público).

• Programas estatales y locales de ayuda en efectivo que brindan beneficios para mantener los ingresos (frecuentemente llamados programas de “ayuda general”).

• Programas (incluyendo a Medicaid) de ayuda a personas que están en instituciones de cuidado a largo plazo (Ej.: en un asilo para ancianos o una institución de salud mental). (Nota: los costos de encarcelamiento en prisión no se consideran para hacer determinaciones sobre carga pública).

Esta no es una lista completa de los tipos de beneficios en efectivo que se podrían considerar para la determinación de carga pública. Cualquier tipo de beneficio en efectivo que usted reciba y que no aparezca en la lista previa seguirá siendo evaluado, según el análisis de la “totalidad de las circunstancias” que se describió anteriormente.

 

Concepto de beneficios que NO son “carga pública”

Los beneficios financiados por fuentes públicas no pueden ser considerados para propósitos de una determinación de carga pública:

Beneficios que no se entregan en efectivo (aparte de la institucionalización para cuidado a largo plazo) generalmente no pueden ser tomados en cuenta para propósitos de una determinación de carga pública. Por lo general, para hacer una determinación de carga pública tampoco se toma en cuenta la ayuda en efectivo con propósitos especiales.

Los beneficios que se entregan en efectivo, o que se entregan en efectivo para propósitos especiales, por lo general son de índole suplementaria y no significan que una persona sea principalmente dependiente del gobierno para su subsistencia. Por lo tanto, si ha recibido en el pasado, recibe o recibirá estos beneficios, ello no influirá sobre la determinación de carga pública.

 

Los beneficios que NO son “carga pública”

Los beneficios que se entregan en efectivo, o que se entregan en efectivo para propósitos especiales, y que no se consideran para propósitos de una determinación de cargo público incluyen:

• Medicaid, otros servicios de salud y seguro de salud (incluyendo ayuda pública para las inmunizaciones, exámenes y tratamiento de síntomas de enfermedades contagiosas); el uso de clínicas de salud y servicios de rehabilitación a corto plazo, y servicios médicos de emergencia) aparte del apoyo para el cuidado institucional a largo plazo.

• Seguro médico para niños (CHIP, por sus siglas en inglés).

• Programas de nutrición, incluyendo Cupones para Alimentos (Food Stamps), el Programa Suplementario de Nutrición para Mujeres, Infantes, y Niños (WIC, por sus siglas en inglés), el Programa Nacional de Almuerzos y Desayunos Escolares, y otros programas de ayuda alimenticia, tanto suplementarios como de emergencia.

• Beneficios de vivienda.

• Servicios de cuido de niños.

• Ayuda energética, tal como el Programa de Ayuda Energética para Hogares de Bajos Ingresos (LIHEAP por su sigla en inglés).

• Ayuda de emergencia para catástrofes.

• Cuidado infantil temporal y ayuda para la adopción.

• Asistencia educativa (como la escuela pública) incluyendo beneficios bajo la Ley Head Start y ayuda para la educación primaria, secundaria, o superior.

• Programas de capacitación laboral.

• Ayuda material; programas, servicios o ayuda comunitaria (como comedores para indigentes, intervención y asesoría para crisis, y albergues a corto plazo).

Los programas estatales y locales que son similares a los programas federales mencionados anteriormente, por lo general tampoco se consideran para propósitos de determinar carga pública. Recuerde que los estados pueden adoptar diversos nombres para un mismo programa o un programa similar financiado con fondos públicos. Es la naturaleza del programa y no el nombre que le pone algún estado particular, lo que determina si debe o no debe ser considerado para propósitos de una determinación sobre carga pública. En California, por ejemplo, a Medicaid se le llama "Medi-Cal" y a CHIP se le llama "Familia Sana”. Estos beneficios no se consideran para propósitos de una determinación de carga pública.

Además, consistente con la práctica actual, los pagos en efectivo que fueron ganados por trabajo, tales como beneficios del Título II del Seguro Social, pensiones del gobierno y beneficios de veteranos, entre otros, no se consideran en una determinación de carga pública. La compensación por desempleo tampoco se considera para determinación de carga pública.

 

Determinación de carga pública

Para los beneficios adjudicados por USCIS, la determinación de carga pública generalmente se considera cuando una persona trata de obtener la residencia permanente. También se considera cuando una persona solicita ciertos beneficios de no inmigrante o u otros beneficios temporales, como por ejemplo para extender su estatus de no inmigrante cuando está dentro de los Estados Unidos.

 

A quienes no les afecta

Hay ciertos grupos de personas que están exentas de una determinación de carga pública, o que pueden conseguir una exención de la determinación de carga pública cuando solicitan la residencia permanente u otros beneficios ante USCIS. Estos incluyen:

Refugiados

Solicitantes de asilo

Refugiados y asilados que solicitan un Ajuste a Estatus de residente permanente

Inmigrantes amerasiáticos (para su admisión inicial)

Personas amparadas bajo la Ley de Ajuste de Estatus para Cubanos (CAA, por sus siglas en inglés)

Personas amparados bajo la Ley de Ajuste de Estatus para Nicaragüenses y Ayuda para Centroamérica (NACARA, por sus siglas en inglés)

Personas amparadas bajo la Ley de Equidad para Refugiados Haitianos (HRIFA, por sus siglas en inglés)

Personas que solicitan una Visa T

Personas que solicitan una Visa U

Personas que tienen una Visa T y que desean obtener la residencia permanente

Personas que tienen una Visa U y que desean obtener la residencia permanente

Solicitantes de Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés)

Ciertos solicitantes bajo estipulaciones de la Ley LIFE.

 

Qué programas puede seguir solicitando

• Affordable Care Act (Mejor conocido como Obamacare): si eres elegible para estar en el programa, puedes seguir sin riesgo alguno, incluso si recibes créditos fiscales para el pago de las primas, pues este programa no se encuentra en la lista.

• Children’s Health Insurance Program (CHIP) El seguro médico para niños ofrece cobertura de salud infantil gratuita y de bajo costo a familias cuyos ingresos son más altos de lo requerido para aplicar a Medicaid.

• Medicare Parte D Subsidio de bajos ingresos: programa que ayuda a los adultos mayores de 65 años, para que puedan pagar sus medicamentos.

• Programa Especial de Nutrición Suplementaria para Mujeres, Infantes y Niños (WIC): Ofrece ayuda a mujeres embarazadas y de posparto de bajos recursos, así como a sus hijos de hasta 5 años.

• Head Start: Este es un programa de educación temprana que brinda apoyo a familias de escasos recursos con niños menores de 5 años.

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