28 de Marzo del 2024

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LAS REDES SOCIALES SERÁN INVESTIGADAS PARA ENTRAR A EE.UU

A partir del próximo 18 de octubre, nuestras cuentas de las redes sociales y el historial de búsqueda serán examinados periódicamente por el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS).

 

POR: EDUARDO ALEGRÍA

 

Esta semana se dio a conocer que “sólo” se trata de una actualización de la política de la Ley de Privacidad de 1974… pero ahora entran al escrutinio los residentes permanentes y hasta los inmigrantes que se han hecho ciudadanos.

Lo que debe entender la ciudadanía es que desde el atentando de San Bernardino en 2015 el DHS ahora verifica las redes sociales, de tal modo que todo aquel que quiere tener visa para los Estados Unidos debe incluir todas las redes sociales que has utilizado en los últimos cinco años.

Ahora el DHS ha ido más lejos: quiere que desde el 18 de octubre le permitas revisar tus redes sociales desde tus inicios con ellas. El gobierno asegura que la información que recopile serán incluidos en el archivo de inmigración del solicitante, de acuerdo con las nuevas directrices en el Registro Federal publicado la semana pasada.

OJO, la nueva política también aplica a los ciudadanos que se comunican con los inmigrantes en las redes sociales.

Para decirlo de modo más claro, si haces o dices algo que se considere una peligro para la seguridad nacional te regresan a tu país. Hay una larga lista de cosas que pueden hacer que te manden de regreso antes de poder cruzar las puertas de entrada del aeropuerto.

Dicen que el que nada debe, nada teme, pero, aunque no tengas planes para la destrucción del mundo en tus redes sociales, el hecho de que cada ciudadano que quiera venir a Estados Unidos deberá permitir que el gobierno pueda tener acceso a tu vida privada digital.

 

Qué pasará

La nueva ley dice que los datos que comience a recolectar el DHS podrán ser compartidos por todas las dependencias de ese ministerio, incluyendo ICE, el servicio de inmigración (USCIS) y la Patrulla Fronteriza (CBP).

El portal de Univisión ha sido muy educativo al respecto. Esto es lo que informa:

“La propuesta anuncia que las distintas agencias del DHS (la Oficina de Inmigración y Aduanas –ICE-, la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo –CBP- y la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración –USCIS-) podrán extender el sistema de registros para poder recopilar datos de cualquier inmigrante en Estados Unidos. Eso incluye a extranjeros que entraron de forma legal, residentes legales permanentes y ciudadanos estadounidenses naturalizados”.

“El gobierno quiere aumentar su capacidad para recolectar y almacenar datos “de conformidad con los acuerdos de intercambio de información”, e incluir “identificadores de medios sociales y alias, información identificable asociada y resultados de búsqueda” en los archivos del inmigrante en poder del DHS”.

 

Personas sujetas a ser vigiladas

Ciudadanos estadounidenses naturalizados.

Residentes legales permanentes.

Cualquier individuo que solicite un beneficio migratorio bajo la Ley de Inmigración (INA) a nombre de otra persona.

Las personas que actúan como guardianes legales o representantes designados en procedimientos de inmigración que involucran a una persona que tiene una discapacidad física o de desarrollo o impedimento mental (según lo autorizado por el INA).

Personas que reciben beneficios bajo la Ley de Inmigración (INA).

Personas que están sujetas a las disposiciones de aplicación de la Ley de Inmigración (INA).

Personas que están sujetas a la INA o se encuentran bajo investigación por posibles amenazas a la seguridad pública.

Personas que fueron investigadas por el DHS en el pasado.

Personas sospechosas de haber violado disposiciones civiles relacionadas con tratados de inmigración, estatutos, reglamentos, órdenes ejecutivas o proclamaciones presidenciales administradas por el DHS.

Testigos e informantes que tienen conocimiento de tales violaciones.

Familiares y asociados de cualquiera de las personas mencionadas anteriormente sujetos a la Ley de Inmigración (INA).

Personas que han renunciado a la ciudadanía estadounidense.

Médicos autorizados para certificar exámenes clínicos para beneficios de inmigración.

Funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, y que certifican la cooperación de un solicitante de beneficios en la investigación o el enjuiciamiento de una actividad delictiva.

Gestores o preparadores que ayudan a un individuo que busca un beneficio de inmigración.

Intérpretes que ayudan a una persona que busca un beneficio de inmigración.

Abogados representantes legales reconocidos por la USCIS o acreditados por la BIA.

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